El trabajador autónomo económicamente dependiente (TRADE) es una figura laboral en España que se sitúa entre el autónomo tradicional y el trabajador por cuenta ajena. Este perfil se caracteriza por prestar servicios de forma habitual, personal y directa para un único cliente del cual percibe, al menos, el 75% de sus ingresos. A continuación, se detallan las principales características, derechos, obligaciones y diferencias con otras figuras laborales.
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Definición de autónomo TRADE
Un autónomo TRADE es aquel profesional que, aunque opera por cuenta propia, mantiene una relación económica predominante con un solo cliente, del cual obtiene la mayor parte de sus ingresos. Esta dependencia económica lo distingue del autónomo tradicional, que suele diversificar su cartera de clientes.
Características principales del autónomo TRADE
- Dependencia económica: Al menos el 75% de los ingresos provienen de un único cliente.
- Autonomía en la organización: El TRADE gestiona su actividad con criterios organizativos propios, aunque puede recibir indicaciones técnicas de carácter general por parte del cliente.
- Infraestructura propia: Debe contar con los recursos y materiales necesarios para desarrollar su actividad, sin depender de los medios del cliente.
- Ausencia de trabajadores a cargo: No puede tener empleados ni subcontratar parte o la totalidad de la actividad contratada.
- Remuneración basada en resultados: La compensación económica se establece según los resultados obtenidos, conforme a lo pactado con el cliente.
Derechos del autónomo TRADE
- Vacaciones remuneradas: Derecho a un descanso anual mínimo de 18 días hábiles.
- Protección en casos de maternidad o paternidad: Posibilidad de interrumpir la actividad por estas causas, incluso sin haber cotizado los 180 días mínimos requeridos.
- Indemnización por terminación injustificada del contrato: Si el cliente finaliza el contrato sin causa justificada, el TRADE tiene derecho a una indemnización.
- Acceso a la prestación por cese de actividad: Siempre que haya cotizado al menos 12 meses continuados e inmediatamente anteriores al cese.
- Conciliación laboral y familiar: Posibilidad de adecuar la jornada laboral a las circunstancias familiares.
Obligaciones del autónomo TRADE
- Formalización de un contrato por escrito: Es imprescindible suscribir un contrato con el cliente principal que detalle las condiciones de la relación laboral.
- Registro del contrato: El contrato debe registrarse en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en un plazo de 10 días hábiles desde su firma, y comunicar al cliente dicho registro en los 5 días hábiles siguientes.
- Cotización a la Seguridad Social: Además de las cotizaciones habituales, es obligatorio cotizar por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, lo que puede incrementar ligeramente la cuota respecto a un autónomo estándar.
- Comunicación de cambios: Informar al cliente sobre cualquier circunstancia que pueda afectar al cumplimiento del contrato.
Diferencias entre el autónomo TRADE y el autónomo tradicional
- Diversificación de ingresos: Mientras que el TRADE obtiene la mayoría de sus ingresos de un solo cliente, el autónomo tradicional diversifica su cartera de clientes.
- Contrato formal: El TRADE está obligado a formalizar un contrato por escrito con su cliente principal; el autónomo tradicional no tiene esta obligación.
- Derechos laborales: El TRADE cuenta con derechos similares a los de un trabajador por cuenta ajena, como vacaciones remuneradas e indemnizaciones por terminación injustificada del contrato, derechos que no están garantizados para el autónomo tradicional.
- Prohibición de subcontratación: El TRADE no puede tener empleados ni subcontratar actividades, mientras que el autónomo tradicional tiene la libertad de hacerlo.
Diferencias entre el autónomo TRADE y el falso autónomo
Es fundamental distinguir entre un autónomo TRADE y un falso autónomo. El falso autónomo, aunque registrado como trabajador por cuenta propia, opera bajo condiciones propias de un empleado por cuenta ajena, siguiendo horarios, utilizando recursos del empleador y bajo su dirección directa. Esta práctica es ilegal y puede conllevar sanciones para la empresa contratante. En contraste, el TRADE mantiene su independencia organizativa y utiliza sus propios medios para desarrollar su actividad.
Procedimiento para darse de alta como autónomo TRADE
- Comunicación al cliente: Informar al cliente principal sobre la condición de dependencia económica y acordar la formalización de un contrato.
- Elaboración y firma del contrato: Redactar un contrato por escrito que incluya la identificación de las partes, objeto del contrato, duración, jornada laboral, descansos y demás condiciones pactadas.
- Registro del contrato: Presentar el contrato en el SEPE dentro de los 10 días hábiles posteriores a su firma y comunicar al cliente dicho registro en los 5 días hábiles siguientes.
- Alta en la Seguridad Social: Darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), incluyendo la cobertura por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Ventajas y desventajas de ser autónomo TRADE
Ventajas:
- Mayor seguridad contractual: La formalización de un contrato proporciona estabilidad y claridad en la relación laboral.
- Derechos laborales reconocidos: Acceso a vacaciones remuneradas, indemnizaciones y prestaciones por cese de actividad.
- Autonomía en la gestión: Posibilidad de organizar el trabajo según criterios propios, dentro de los límites acordados con el cliente.
Desventajas:
- Dependencia económica: La relación con un único cliente puede ser riesgosa si este decide finalizar el contrato.
- Limitaciones en el crecimiento: La prohibición de contratar empleados o subcontratar puede restringir la capacidad de expansión del negocio.
- Obligaciones formales y legales: La necesidad de registrar contratos, mantener una relación clara con el SEPE y ajustar las cotizaciones a la Seguridad Social puede suponer una carga administrativa adicional respecto al autónomo convencional.
- Riesgo de interpretación incorrecta: Si no se cumplen de forma precisa los requisitos para ser considerado TRADE, existe el riesgo de que la relación se considere fraudulenta o de que se confunda con una situación de falso autónomo.
Casos en los que no se puede ser TRADE
Hay ciertas situaciones que impiden acogerse a esta figura, aunque se dé la dependencia económica con un solo cliente. Algunos ejemplos relevantes son:
- Cuando se realiza una actividad profesional idéntica a la del cliente, especialmente si hay una subordinación organizativa evidente.
- Si se utilizan las instalaciones o recursos del cliente como si fueran propios, perdiendo así la independencia organizativa.
- Cuando existe un horario impuesto por el cliente o se debe cumplir una jornada preestablecida y supervisada constantemente.
- En el caso de que el autónomo forme parte de la estructura organizativa del cliente, se integre en sus equipos o reciba órdenes jerárquicas similares a las de los trabajadores asalariados.
En estos casos, no solo no se puede ser TRADE, sino que podría ser considerada una relación laboral encubierta, sujeta a inspección y sanciones.
Ámbitos profesionales donde es común ser autónomo TRADE
Algunas profesiones y sectores son más proclives a establecer relaciones bajo la figura del TRADE. Entre ellos se encuentran:
- Periodismo y comunicación: Redactores, fotógrafos o editores freelance que trabajan principalmente para un solo medio de comunicación.
- Logística y transporte: Conductores que colaboran con una empresa específica, como en el caso de repartidores o mensajeros autónomos.
- Tecnología y desarrollo: Programadores o diseñadores web que desarrollan proyectos para un solo cliente de forma constante.
- Comercial y ventas: Agentes comerciales que venden productos o servicios en exclusiva para una sola marca o empresa.
- Formación y consultoría: Profesionales que imparten formación o consultorías de forma estable para una única entidad.
Cómo protegerse ante una posible finalización del contrato
Dado que el autónomo TRADE depende de un único cliente, es fundamental tomar medidas preventivas que minimicen el impacto ante una eventual ruptura de la relación profesional. Algunas estrategias útiles son:
- Incluir cláusulas claras en el contrato sobre las causas de resolución, los preavisos necesarios y las indemnizaciones pactadas.
- Mantener una comunicación constante con el cliente, garantizando una relación profesional estable y transparente.
- Explorar oportunidades complementarias, aunque no representen un porcentaje alto de ingresos, para diversificar ligeramente la actividad.
- Cotizar por cese de actividad, para acceder a la prestación correspondiente en caso de pérdida de ingresos involuntaria.
Requisitos legales imprescindibles
Para cumplir con la normativa vigente, un autónomo TRADE debe atender una serie de requisitos esenciales:
- Formalizar un contrato por escrito con el cliente principal.
- Registrar dicho contrato en el SEPE en el plazo establecido.
- No contar con trabajadores a su cargo ni subcontratar tareas vinculadas al contrato TRADE.
- Mantener independencia organizativa y autonomía en la gestión del trabajo.
- Tener infraestructura y medios propios para el desarrollo de la actividad profesional.
El incumplimiento de alguno de estos puntos podría dar lugar a la pérdida del estatus de TRADE o, en casos más graves, derivar en inspecciones laborales por sospecha de relación encubierta.
Aspectos fiscales y tributarios
Desde el punto de vista fiscal, el autónomo TRADE se rige por las mismas obligaciones que cualquier trabajador autónomo en España:
- Emisión de facturas con IVA, salvo que esté exento por el tipo de servicio ofrecido.
- Declaración trimestral de IVA e IRPF (modelo 303 y modelo 130, respectivamente).
- Alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores, a través del modelo 036 o 037.
- Llevanza de libros contables adecuados al régimen fiscal correspondiente.
La única diferencia relevante puede surgir en los acuerdos de retención: en algunos sectores, el cliente puede aplicar una retención del IRPF directamente en las facturas, que luego será deducida del total a ingresar.
Importancia del contrato TRADE
El contrato entre un autónomo TRADE y su cliente principal es la piedra angular de esta relación profesional. Este documento debe contener:
- Identificación completa de ambas partes.
- Descripción de la actividad profesional que se desarrollará.
- Duración del contrato y condiciones de renovación o rescisión.
- Jornada de trabajo estimada, descansos, vacaciones y posibles interrupciones.
- Determinación de la contraprestación económica y forma de pago.
- Obligaciones mutuas, condiciones de confidencialidad y propiedad intelectual si procede.
Este contrato, además de obligatorio, actúa como garantía para ambas partes, ya que delimita derechos, deberes y formas de resolución de conflictos.
Qué ocurre si no se registra el contrato TRADE
El registro del contrato en el SEPE es un requisito legal que no debe pasarse por alto. La omisión de este trámite puede acarrear consecuencias negativas tanto para el autónomo como para el cliente. Algunas de ellas son:
- Pérdida del reconocimiento como TRADE, lo que impide el acceso a determinados derechos y prestaciones.
- Imposibilidad de acreditar la relación profesional en caso de conflicto legal o judicial.
- Sospecha de fraude o de relación encubierta, que podría derivar en sanciones tras una inspección laboral.
Registrar el contrato es un paso sencillo, pero crucial para blindar la legalidad de la relación y evitar complicaciones futuras.
Finalización del contrato TRADE: causas y efectos
La relación profesional entre un autónomo TRADE y su cliente puede extinguirse por diversos motivos. Identificar las causas y conocer sus consecuencias permite al profesional anticiparse y proteger sus derechos.
Causas comunes de terminación:
- Mutuo acuerdo entre las partes.
- Vencimiento del plazo pactado, si no se ha renovado expresamente el contrato.
- Incumplimiento de las condiciones contractuales por parte de alguna de las partes.
- Voluntad del autónomo TRADE, que puede cesar su actividad avisando con la antelación prevista en el contrato.
- Voluntad del cliente, siempre que respete las condiciones de preaviso e indemnización cuando sea aplicable.
Efectos de la finalización:
- Si la extinción del contrato ocurre sin una causa justificada y no ha sido pactada, el TRADE puede reclamar una indemnización por los perjuicios sufridos.
- En caso de cese involuntario y habiendo cotizado por ello, el autónomo tiene derecho a la prestación por cese de actividad, comúnmente conocida como “paro del autónomo”.
- Es recomendable dejar constancia por escrito de la terminación del contrato, incluyendo fecha, motivo y cualquier otra condición relevante, para evitar malentendidos o reclamaciones futuras.
Posibles conflictos y vías de solución
La relación laboral TRADE, como cualquier vínculo profesional prolongado, puede dar lugar a desavenencias. Las áreas más conflictivas suelen ser:
- Interpretación de cláusulas del contrato: especialmente aquellas relacionadas con los plazos, el volumen de trabajo o las condiciones económicas.
- Impago o retrasos en las facturas: aunque el autónomo gestiona sus propios cobros, la falta de pago por parte del cliente principal puede generar tensiones graves.
- Terminación unilateral del contrato sin justificación: en estos casos, el TRADE puede reclamar indemnización por daños y perjuicios.
Las vías para resolver estos conflictos incluyen:
- Negociación directa entre las partes, buscando una solución amistosa.
- Mediación profesional, a través de colegios profesionales o servicios especializados.
- Reclamaciones judiciales, en los Juzgados de lo Social, especialmente cuando se cuestiona la existencia de una relación laboral encubierta.
La figura del TRADE frente a la transformación del mercado laboral
En los últimos años, el mercado laboral ha experimentado una transformación impulsada por la digitalización, la economía de plataformas y los cambios en la forma de producir y consumir servicios. En este contexto, el modelo TRADE ofrece una alternativa flexible y legalmente reconocida para profesionales que colaboran estrechamente con una empresa sin formar parte de su plantilla.
Algunas tendencias actuales que refuerzan el papel del TRADE:
- Aumento del trabajo freelance: muchas empresas optan por externalizar servicios, contratando talento especializado sin vinculación directa.
- Economía colaborativa y de plataformas: sectores como el transporte, la mensajería o los servicios a domicilio han visto una proliferación de relaciones TRADE.
- Demanda de especialización: en entornos altamente técnicos o creativos, las empresas recurren a profesionales independientes que colaboran de forma continuada.
No obstante, esta flexibilidad no debe confundirse con precariedad. La legislación española protege al TRADE siempre que se cumplan los requisitos establecidos y se respete su autonomía.
¿Ser TRADE es conveniente?
La conveniencia de convertirse en autónomo TRADE depende de varios factores personales y profesionales. No es una fórmula aplicable a cualquier situación, pero puede ser muy útil en contextos donde:
- Se establece una relación comercial estable con un solo cliente.
- Se desea mantener la independencia profesional, sin renunciar a una cierta estabilidad económica.
- Se cuenta con los medios, conocimientos y experiencia para gestionar la actividad de forma autónoma.
- Se tiene interés en acceder a derechos laborales sin formar parte de la plantilla de la empresa cliente.
Para otros profesionales, especialmente aquellos que buscan diversificar su base de clientes o ampliar su equipo de trabajo, el régimen TRADE puede resultar demasiado restrictivo.
Aspectos prácticos antes de tomar la decisión
Antes de registrarse como TRADE, es recomendable tener en cuenta:
- Analizar el volumen de ingresos provenientes del cliente principal, asegurándose de que superan el 75% del total.
- Evaluar el grado de independencia real en la ejecución de la actividad.
- Revisar detenidamente el contrato propuesto, asegurándose de que recoge todos los derechos y condiciones adecuadas.
- Consultar con un asesor laboral o fiscal especializado, para confirmar que la situación se ajusta al marco legal vigente.
- Prepararse para cumplir con las obligaciones administrativas, tanto ante el SEPE como ante Hacienda y la Seguridad Social.
La planificación y el conocimiento son fundamentales para que esta figura funcione adecuadamente y no se convierta en una fuente de problemas.
Implicaciones futuras y adaptabilidad del modelo TRADE
El modelo de autónomo TRADE está llamado a evolucionar en los próximos años. Las transformaciones del mercado laboral y las nuevas formas de relación profesional podrían impulsar cambios legislativos orientados a:
- Ampliar los derechos y coberturas sociales del TRADE, equiparándolos aún más a los trabajadores por cuenta ajena.
- Regular con mayor precisión los sectores en los que esta figura se utiliza de forma frecuente, evitando abusos o interpretaciones erróneas.
- Fomentar la transparencia contractual, obligando a empresas y profesionales a definir con claridad las condiciones de colaboración.
- Promover la digitalización de los procesos administrativos, facilitando la formalización, registro y gestión de los contratos TRADE.
Ante este panorama, los profesionales deben estar atentos a las novedades normativas y adaptar su modelo de actividad si fuera necesario.